Esta Junta Temporal les da la bienvenida a a su BLOG "ASOCIACIÓN CIVIL EL ARADO - NUEVA CASARAPA" en donde cada uno de ustedes podrá tener una participación activa que les permitirá no solamente estar informados sino también comunicar a través de ella todas y cada una de las inquietudes que aquejan a los copropietarios de nuestro sector.

Ahora bien, con la finalidad de dar cumplimiento al documento de condominio, el cual exige a todos y cada uno de los sectores de la Urb. Nueva Casarapa, la constitución o conformación de las Juntas de Condominio de cada uno de los edificios que conforman al sector el Arado, así como la conformación de la Asamblea General de Condominio (Esta última es quien estará a mediano plazo al frente de la administradora Venot, Pino y Asociados solicitando las rendiciones de cuentas a que hubiere lugar o bien ante la Administradora que el sector el Arado elija.

Es por ello que solicitamos la colaboración por parte de cada uno de los representantes o presidentes de junta de condominio del el sector El Arado, para que se avoquen con carácter de urgencia a elegir por lo menos dos (02) representantes por cada edificio (los cuales deben estar postulados, mediante Acta, la cual debe contener la rúbrica de cada uno de los copropietarios que conforman el inmueble), para la conformación de la Asociación Civil la cual tendrá como objetivo, con el apoyo de cada uno de sus representantes llevar a feliz término la creación de la asamblea general de condominio.

Por esta razón, se sugiere consultar los archivos del blog en el cual se explica detalladamente los pasos que vamos a estar iniciando, en aras de lograr los objetivos propuestos. En dichos archivos se adjuntarán en el transcurso de la semana el modelo de documento de Asociación Civil para que cada uno de los propietarios en la comodidad de su hogar pueda estudiarlo en familia y así aportar a la junta temporal su opinión desde la tranquilidad de su hogar.

De igual forma vamos a publicar el formato de junta de condominio, para que los representantes de cada edificio, ingresen al grupo de personas elegidas, y formalicen la junta de condominio de su edificio, previa acta de asamblea interna. Dicha Acta deberá entregarse impresa a la Junta Temporal para ser visada a fin que pueda presentarse ante el registro correspondiente. Y aquellos edificios que ya tengan constituida sus respectivas juntas de condominio, se le agradece hacer llegar copia del documento a la Junta Temporal.

Esta Junta Temporal cumple con informarles que en fecha 10 de Marzo, dejamos en cada uno de los edificios del sector El Arado, un juego de copias del Acta de Asamblea realizada el día 25 de Febrero del año en curso, para que fuera entregada a todos los copropietarios, para que en caso de que alguno no cuente con servicio de Internet, igualmente pueda estar debidamente informado. Se dejó constancia de la entrega de dicha acta, la cual pueden ubicar en este blog como Relación de Entrega Copias de Acta Asamblea General.

Para finalizar, esperamos que este sea un espacio común para la gran familia que es "El Arado", y como tal, participemos con respeto y en función de crecer no solo como personas, sino como verdaderos ciudadanos, apegados a los principios, la moral y las buenas costumbres.

Si tienen a bien realizar alguna sugerencia o comentario, ponemos a su disposición la siguiente dirección de correo electrónico
asocivilarado@gmail.com


Quien es tu hermano? Tu vecino más cercano!!!!!


Bienvenidos a su Blog!

jueves, 19 de abril de 2012

MODELO - ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES JUNTA DE CONDOMINIO



ACTA CONTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO________(___) DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL ARADO  DE LA URBANIZACION NUEVA CASARAPA, GUARENAS, MUNICIPIO AUTONOMO PLAZA DEL  ESTADO MIRANDA
Nosotros, _________________________, ___________________________, ________________, _______________________, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nº V-____________, V-______________, V-_____________, V-_____________, respectivamente, todos actuando en nuestro carácter de copropietarios del edificio numero____________(_) DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL ARADO  DE LA URBANIZACION NUEVA CASARAPA, GUARENAS, MUNICIPIO AUTONOMO PLAZA DEL  ESTADO MIRANDA, declaramos que los propietarios de este edificio en asamblea hemos decidido constituir la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL ARADO  DE LA URBANIZACION NUEVA CASARAPA, la cual se regirá por las siguientes cláusulas, redactadas con suficiente amplitud para que sirvan de estatutos sociales y que son del tenor siguiente.
CAPITULO I. DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN
CLAUSULA 1º. La Junta de Condominio tendrá carácter de asociación civil y se denominará  JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO________(___) DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL ARADO  DE LA URBANIZACION NUEVA CASARAPA. Será una organización de Asociación Civil y sin fines de lucro, tendrá personalidad jurídica, patrimonio propio e independiente y capacidad para realizar los actos tendientes al logro de su objetivo.
CLAUSULA 2º. La Asociación Civil Junta de Condominio, tendrá como objeto la vigilancia y control sobre la administración del edificio en pro de la conservación y mejora de los servicios y de los elementos físicos que conforman  el edificio y sus áreas comunes, así como velar por el establecimiento y cumplimiento de las normas de convivencia por parte de las personas que habitan el edificio.
CLAUSULA 3º. El domicilio de la Asociación  Civil Junta de Condominio, estará localizado en el edificio número______(___)  DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL ARADO  DE LA AVENIDA SAN MIGUEL EN LA URBANIZACION NUEVA CASARAPA, GUARENAS, MUNICIPIO AUTONOMO PLAZA DEL  ESTADO MIRANDA, ZONA POSTAL 1220, REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
CLAUSULA 4º. La duración de la Asociación Civil Junta de Condominio será ilimitada y la misma no se extinguirá por muerte, interdicción, inhabilitación o separación de cualquiera de sus miembros.
CAPITULO II. DE LA ADMINISTRACION
CLAUSULA 5º. La Asociación Civil Junta de Condominio estará integrada por ______ miembros. De su seno se designará un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario, y tres (3) vocales. Los miembros de la Asociación Civil Junta de Condominio deberán ser copropietarios del edificio y si dejaren de serlo cesarán en sus funciones.
CLAUSULA 6º. Los miembros de la Asociación Civil Junta de Condominio, serán designados por la asamblea de copropietarios  y sus integrantes durarán un (1) año en sus funciones, pudiendo ser reelegidos. Si por cualquiera circunstancia, vencido el período de ejercicio y la asamblea de copropietarios no se ha reunido para elegir los nuevos cargos,  aquellos que se encuentren ejerciéndolos continuarán en sus funciones hasta que sean elegidos sus sucesores.
CLAUSULA 7º. Los miembros de la Asociación Civil Junta de Condominio  podrán ser removidos en cualquier oportunidad cuando así lo disponga el setenta y cinco por ciento (75%) de los copropietarios reunidos legalmente en asamblea de copropietarios.
CLÁUSULA 8º.La ASOCIACIÓN CIVIL  JUNTA DE CONDOMINIO se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando lo convoque el Presidente o quien haga sus veces o cuando lo solicite el administrador. De cada reunión se levantará un acta, la cual deberá ser inserta en el libro de acuerdos de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO y firmada por todo los asistentes.
CLÁUSULA 9º. La  ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos cinco (5) de sus miembros, siempre que este presente el Presidente o en su defecto, el Vicepresidente, y las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría simple de los miembros presentes.
CLÁUSULA 10º. La ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO tendrá las siguientes atribuciones y deberes:
a)Supervisar la gestión del Administrador, b) oír las sugerencias de los copropietarios de los apartamentos que conforman el edificio y resolver sobre ellas según lo previsto en la Ley  y en el Documento de Condominio, c) resolver sobre los gastos extraordinarios o imprevistos de las cosas y servicios generales del edificio, d) dictar reglamentos generales y particulares para el uso de los bienes comunes del edificio, e) ejercer todas las funciones de inspección, vigilancia y fiscalización  de la administración del edificio, pudiendo recabar del administrador cuantas informaciones creyeren necesarias, f) en general resolver sobre cualquier asunto que sea sometido a su consideración.
CLÁUSULA 11ª. Corresponde al Presidente:
a)-Representar a la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO ante cualquier  entidad o funcionario oficial, civil, administrativo, judicial o fiscal, con la facultad para resolver y actuar en todo cuanto fuere necesario  y de interés de la comunidad del edificio, b) Conjuntamente con el Vicepresidente, otorgar o revocar poderes generales y especiales para Representación  en los asuntos que así se requieran , c) Suscribir las decisiones y correspondencias de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO, d) Convocar y presidir las Asambleas de copropietarios y las reuniones de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO, ordinarias y extraordinarias, e) Conjuntamente con el Vicepresidente, abrir , cerrar y movilizar cuentas bancarias aceptar, librar, endosar cualquier efecto financiero en nombre de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO , f) Proponer ejecutar y controlar el presupuestos de gastos conjuntamente con el Vicepresidente, g) Autorizar los pagos de las cantidades exigibles, firmar conjuntamente con el Vicepresidente los cheques y órdenes de pago, h) Firmar las convocatorias para la Asamblea de Copropietarios, tanto ordinarias como extraordinarias, i) Velar conjuntamente con el vicepresidente para que se lleven acabo los controles relativos a los ingresos y egresos de los fondos de condominio, j) Todas las demás atribuciones y responsabilidades que le asigne la Asamblea de Copropietarios y en general, ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios para la consecución del objeto de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO .
CLÁUSULA  12º. Corresponde al Vicepresidente:
a)Suplir la ausencia temporal  o absoluta del Presidente en sus funciones ante la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO y ante la Asamblea de Copropietarios, b) Velar por la correcta administración de los fondos de condominio y la movilización de dichos fondos, c) Velar conjuntamente con el Presidente para que se lleven a cabo los controles relativos a los ingresos y egresos de los fondos del condominio, d) Redactar conjuntamente con el Presidente, el informe de gestión para presentarlo a la Asamblea Ordinaria de copropietarios, e) ejercer todas las demás facultades que le sean otorgadas por la Asamblea de Copropietarios y cumplir con la obligaciones que le exija.
CLÁUSULA 13ºCorresponde al secretario:
a)Suplir la ausencia temporal o absoluta del Vicepresidente en sus funciones ante la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO y ante la Asamblea de copropietarios, b) Llevar los libros de acta de copropietario y del acta de reuniones de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO, c)Mantener actualizado el directorio de copropietario y habitantes del edificio, d) Velar porque se mantenga al día las actas, libros, documentos , cartas consultas, cartas poder y demás recaudos necesarios para la validez de la Asamblea de copropietarios y de las reuniones de la ASOCIASIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO y cualquier otra información que sea de interés, bienestar o conveniencias para la comunidad.
CLÁUSULA 14º Corresponde a los Vocales:
a)Suplir las faltas temporales o permanentes de cualquier miembro de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO, b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO y de la Asamblea de copropietarios, c) Participar en los proyectos y mejora del edifico, d)Cumplir cualquier otra función que le sea encomendada por la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO o por la Asamblea de copropietarios
                      CAPITULO III. RECURSOS PATRIMONIALES
CLÁUSULA 15º. El patrimonio de la ASOCIACIÓN CIVIL  JUNTA DE CONDOMINIO estará constituido por : a)  Los bienes, derecho  y obligaciones de las cuales es titular, b) Las reserva  que acuerde la Asamblea de copropietarios, bien sea por aportes especiales de los copropietarios o por los ingresos provenientes de operaciones que realice la ASOCIACIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO, c) Los bienes e ingresos provenientes de las donaciones, aportes, subvenciones y demás liberalidades que reciba de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o Internacionales,  d) Los demás bienes e ingresos que perciba por cualquier otro titulo--------------------------------------------------------------------------
                                 CAPITULO IV. DISPOCICIONES GENERALES
CLÁUSULA16º. LA ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO se regirá por el presente documento constitutivo estatutario, por el Documento de Condominio, los instructivos y reglamentos internos que se dicten, por las disposiciones del Código Civil Venezolano, la Ley de Propiedad Horizontal y demás leyes y reglamentos de la República Bolivariana de Venezuela  que  le sean aplicables-----------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA 17º.L o no previsto en estos Estatutos será  resuelto por la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO.------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA 18º El presente documento constitutivo estatutario podrá ser modificado cuando así lo disponga la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO.
CLÁUSULA 19ºPara el primer período de gestión de la ASOCIACIÓN CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO, la Asamblea de Copropietarios designó a los que suscriben esta acta mediante a los que suscriben esta acta mediante el procedimiento descrito a continuación--
El día_________(  ) de___________ de _________, siendo las _______de la _____________( hora                    )día y hora fijado para la celebración de la Asamblea de Copropietarios de acuerdo a la convocatoria colocada en la cartelera ubicada en la planta baja del edificio  ______ ( ) Conjunto Residencial “ EL ARADO”, la cual fue del tenor siguiente la cual fue del tenor siguiente : “CONVOCATORIA” Se convoca a todos los copropietarios del Edificio  _____( ) del Conjunto Residencial “EL ARADO” ubicado en de la avenida__________ de la Urbanización Nueva Casarapa Municipio Autónomo Plaza de Guarenas, Estado Miranda, a una Asamblea General Ordinaria que tendrá lugar el día ________ ( ) de __________ de ________, a las _______p.m. en la Planta Baja del Edificio ______( ), del referido conjunto. PUNTO ÚNICO A TRATAR:---------------------------------------------------------------------------------
Elección de la Junta de Condominio período  2012- 2013. “De no haber quórum reglamentario, se procederá para una segunda y última convocatoria para el día _________( )  de ________, a las _______p.m., en el mismo lugar que la primera y las decisiones serán tomadas con el número de copropietarios asistentes”. La convocatoria también fue colocada en la entrada y en cada uno de los niveles que conforman el edificio. Se deja constancia que para la primera convocatoria del día de hoy _______ ______ de ________ de ______, alas _______p.m. se logró el quórum reglamentario, por encontrarse presente las dos tercera parte  (2/3) de los veinte (20) apartamento que integran el Edificio________( ), por lo tanto, se declara válidamente constituida la Asamblea . Por Unanimidad se designo al ciudadano: ______________________, para que sometiera los puntos a tratar: Inicio el orden del día leyó la convocatoria y el objeto de la Asamblea de Copropietarios: ELECCIÓN  DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO  __________DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL ARADOPARA EL PERÍODO 2012-2014. A  continuación invitó a los asistentes a que propusieran a los candidatos para conformar la Junta de Condominio, siendo nominados:_________________________, al cargo de presidente; ___________________________, al cargo de Vicepresidente; ____________________________al cargo de secretaria; _________________________________ al cargo de de Primer Vocal; ________________________al cargo de Segundo Vocal; _________________________al cargo de tercer Vocal. Seguidamente se preguntó a cada uno de los nominados si aceptaban dicha nominación y cada uno declaró en voz alta ante la asamblea su deseo de aceptar. Finalizada la nominación se procedió a la votación, la cual quedó abierta, al mencionar el nombre de cada nominado los asistentes que estuvieron de acuerdo levantaron la mano, se contaron los votos para cada cargo y fueron elegidos por unanimidad: PRESIDENTE:______________________; VICEPRESIDENTE: ________________________________; SECRETARIO:___________________; PRIMER VOCAL:__________________; SEGUNDO VOCAL____________________; TERCER VOCAL:___________________. Acto seguido se sometió a consideración de la Asamblea Delegar en la Junta elegida la Transcripción y Firma de la presente acta en el libro de Asamblea en nombre de los copropietarios asistentes y la redacción de las normas de convivencia, lo cual fue aprobado por unanimidad. Finalmente se autorizó al ciudadano: ________________________, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº , para que realice los trámites de protocolización y registro correspondiente de la presente acta que por ser la primera en protocolizar hará las veces de acta constitutiva de la Junta de Condominio, denominada en adelante: ASOCIACION CIVIL JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO   DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL ARADO. Siendo las 11:00 am y no habiendo más que tratar se dio por concluida la Asamblea, se levantó esta acta, se leyó y conformes firman a continuación los miembros de la junta de Condominio constituida:-----------------------------
  
Nombre y apellido
 Nº Cedula
Cargo
Firma

























Se Anexa lista de asistencia con la firma de todos los presentes------------------------------------

11 comentarios:

  1. Buenas Tardes, por favor, para que me aclaren una duda con relación al modelo arriba anexo, es la siguiente:
    En el edificio donde resido, jamas han realizado dicha acta constitutiva y estatuto, ellos se han elegido, pero no cumpliendo con lo establecido en la LPH. Ahora bien, yo como estudiante de derecho he investigado y estudiado la materia de propiedad horizontal y condominio, y propuse la elección de una nueva junta de condominio la cual debe cumplir con todo lo establecido en la referida ley y documento de condominio, y tome como modelo la ante mencionada acta. Mi duda es, esta acta se debe notarial y es valida hacerla ahorita a pesar q jamas la hicieron las demás juntas de condominio? gracias.

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    1. Buen día, El acta constitutiva debe reposar en original manuscrita en el Libro de Actas de Asamblea, debidamente sellado y foliado en la notaría correspondiente, previamente. También debe ser transcrita en papel y notariada, porque para los trámites bancarios (Apertura de cuentas, cambios de firmas, etc) solicitan original y copia notariada. No importa que no hayan actas anteriores, porque se supone que se está constituyendo a través de ese documento, aunque no haya sido así.

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    2. Buen día, El acta constitutiva debe reposar en original manuscrita en el Libro de Actas de Asamblea, debidamente sellado y foliado en la notaría correspondiente, previamente. También debe ser transcrita en papel y notariada, porque para los trámites bancarios (Apertura de cuentas, cambios de firmas, etc) solicitan original y copia notariada. No importa que no hayan actas anteriores, porque se supone que se está constituyendo a través de ese documento, aunque no haya sido así.

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  2. Buenos dias soy abogado y nunca he realizado un acta de condominio y necesito saber cuales son los pasos a seguir y cuanto tiempo dura

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  3. Buenos dias, actualmente ne eligieron par la junta de condominio y quisiera saber los pasos a seguir para registrar el acta constitutiva. Estamos en cero.

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  4. Buenas noches por favor cuales son los pasos a seguir para formar una junta de condominio en la urbanización.. y si hay q anexar documento de los propietarios.. esperamos sus respuestas.. Gracias.. a mi correo valentinavillani98@gmail.con.

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  5. Buenos dias soy abogado y nunca he realizado un acta de condominio y necesito saber cuales son los pasos a seguir, documentos legales (residencia) y donde se presenta notaria o registro bienes e inmuebles.

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  6. uenos dias soy abogado y nunca he realizado un acta de condominio y necesito saber cuales son los pasos a seguir, documentos legales (residencia) y donde se presenta notaria o registro bienes e inmuebles.

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  7. Por favor pueden indicarnos, ¿cual es el basamento legal, donde se establece que las juntas de condominio, deben registrarse como Asociaciones Civiles? ¿como quedan jurídicamente, las miles de juntas de condominio en Venezuela, que ni están enterados de ello?

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    1. Las Asociaciones civiles no están contempladas en la Ley de Propiedad Horizontal, he visto errores garrafales en Registros inmobiliarios y Registros Públicos cuando inscriben este tipo de Juntas de Condominios, son susceptibles de nulidad absoluta porque si en el Documento de Condominio especifica..."que se rige bajo el sistema de propiedad horizontal...", no puede inmiscuir una cosa con la otra, es deber del agente revisor en registro estar pendiente de este elemento importantisimo y por lo tanto rechazar su inscripción, e incluso los mismos documentos redactados por abogados que no tiene experiencia en materia condominial y extraen un corta y pega de algo que se encuentre en la web.

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  8. extraigo del portal web https://curadas.com/2020/01/10/las-asociaciones-civiles-no-sustituyen-a-la-junta-de-condominio/
    Cada vez con mayor frecuencia estamos atendiendo casos donde nos consultan sobre las exigencias que están haciendo notarios y registradores públicos, así como las autoridades del Servicio Nacional de Administración Tributaria y Aduanas (SENIAT) para otorgar el Registro de Información Fiscal a los condominios, con el objeto que se constituyan en “asociaciones civiles”, según estas autoridades, para que tengan personalidad jurídica, limitando así su accionar jurídico y entorpeciendo la gestión de las juntas de condominios y causándoles erogaciones innecesarias, todo ello por un desconocimiento expreso de la les especial que rige la materia como lo es la Ley de Propiedad Horizontal, en franco olvido también de lo que dispone el artículo 14 del Código Civil Venezolano y además, desechando lo que ha sido la doctrina pacífica y reiterada del Tribunal Supremo de Justicia, la cual ha considerado a los condominios como ficciones de carácter moral, habilitados por la ley de propiedad horizontal, como sujetos capaces de ejercer derechos y asumir obligaciones dentro de los fines que persiguen...
    ...Cuando el legislador de propiedad horizontal en Venezuela señala en su artículo 18 las atribuciones que les confiere a las juntas de condominio, lo que está haciendo es darle un poder de conducción a un órgano que crea con capacidad para administrar incluso el condominio...
    ...Al no ser una figura contemplada en la Ley de Propiedad Horizontal, que como dijimos anteriormente, es la ley especial que priva y rige en esta materia en Venezuela, no pueden las asociaciones civiles ni los consejos comunales, ejercer ninguna función dentro del condominio, mucho menos, administrarlos. Las asociaciones civiles constituyen uno de los tipos de personas jurídicas que están establecidas en el artículo 19 del Código Civil Venezolano. Dice esta norma: “Son personas jurídicas, y por lo tanto capaces de obligaciones y derechos: 3) Las asociaciones, corporaciones y fundaciones lícitas de carácter privado. La personalidad la adquirirán con la protocolización de su acta constitutiva en la Oficina Subalterna de Registro del Departamento o Distrito en que hayan sido creadas, donde se archivará un ejemplar auténtico de sus estatutos”. El profesor Baca señala también que: “Las asociaciones son personas jurídicas de Derecho Privado cuyos fines son estrictamente extra-patrimoniales: culturales, científicos, religiosos, artísticos, deportivos, políticos o sociales. Pueden tener un patrimonio, a veces considerable, pero no como fin, sino como medio para lograr sus objetivos”...

    En conclusión, el registrador o notario, debe motivar su rechazo, no con una simple devolución, que comúnmente se hace en la practica, pero es el deber del representante legal, hacer ejercer los derechos de los comuneros, propietarios, copropietarios, condominos (esta ultima no es utilizada en nuestra legislación) pero es la mas apropiada. Que por cierto, ya necesita una reforma pues ya esta bastante vetusta y necesita de una actualización.

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